A continuación compartimos con nuestros deportistas y también con la comunidad de la Liga Universitaria de Deportes el protocolo para el reinicio de las actividades deportivas.
PROTOCOLO PARA EL REINICIO DE LAS ACTIVIDADADES DEPORTIVAS
Sres. Delegados y público en general:
En virtud de la declaración de emergencia nacional sanitaria decretada por el PODER EJECUTIVO, originada como consecuencia de la pandemia por el SARS-CoV-2 (COVID-19), de fecha 13 de marzo del año 2020.
Que oportunamente se recomendó la reducción de la movilidad de personas físicas a efectos de evitar la propagación del virus mencionado, lo que públicamente se denominó por el Sr. Presidente de la República como “libertad responsable”, prohibiéndose la práctica del deporte amateur, lo que originó a su vez la suspensión de la competición oficial.
Que es obligación y responsabilidad de la Asociación Civil LIGA UNIVERSITARIA DE DEPORTES velar por la integridad física de todos sus Competidores, Árbitros, funcionarios y de quienes directa o indirectamente formen parte de la Organización, cumpliendo en todo momento con el rol social que la distinguió a lo largo de sus 107 años de historia.
Que, sin perjuicio de ello, se advierte la necesidad indispensable de adecuar la presente coyuntura nacional con el retorno de la práctica oficial del deporte universitario, máxime cuando se considera sustancial y esencial no solo por cuestiones de índole físico sino especialmente psíquico, en las cuáles la L.U.D debe priorizar y garantizar.
Asimismo, la presente situación, generó irreparables consecuencias económicas para un sinfín de personas cuyos núcleos familiares dependen exclusivamente de la actividad deportiva de la L.U.D, y que actualmente atraviesan momentos de suma complejidad.
En consecuencia, atento a la autorización del reinicio de las actividades deportivas amateurs a partir del día lunes 05/07/2021, por Presidencia de la República y ratificada por la S.N.D de acuerdo a las consideraciones específicas de cada deporte (espacios abiertos o cerrados) SE RESUELVE:
1) REINICIAR LA ACTIVIDAD DEPORTIVA, con fecha sábado 10 y domingo 11 de julio, prohibiendo la asistencia de público a los partidos de la Liga Universitaria de Deportes, SIN EXCEPCIÓN alguna, salvo en lo que respecta a personas que cumplan un rol indispensable para la competencia oficial del deporte correspondiente.
2) En efecto, se prohíbe la asistencia toda otra persona tales como: familiares, amigos, parejas, y menores de edad, así como competidores que no estén en condiciones aptas para participar del juego.
Esto es, jugadores expulsados, lesionados o inhabilitados reglamentariamente.
Únicamente podrán encontrarse fuera de los campos de juego los delegados, Cuerpos Técnicos, competidores EN CONDICIONES aptas para participar de los partidos, así como cualquier otra persona que la L.U.D entienda indispensable, quienes en todo momento deberán facilitar -en caso de que sea solicitado por los Sres. Árbitros- su identificación.
4) Se sugiere -en caso de ser posible- asistir a los campos de juego en la mayor cantidad de vehículos posibles y en caso de imposibilidad, para el caso de concurrir varias personas en un mismo automóvil, realizarlo con las ventanillas semi abiertas a efectos de generar una circulación de aire dentro de los mismos, utilizando los tapabocas correspondientes cubriendo las fosas nasales y la boca.
5) Se prohíbe SIN EXCEPCIÓN ALGUNA retirarse el tapaboca por quienes se encuentren fuera de los campos de juego, durante todo el desarrollo de los partidos, el cual deberá utilizarse en todo momento, excluyéndose únicamente a los competidores y Árbitros durante la competencia.
6) Se prohíbe la hidratación de los deportistas desde un mismo envase, compartir mate, y sin perjuicio de encontrarse al aire libre, deberá mantenerse una distancia social de al menos 2 metros, entre personas, fuera de los campos de juego.
7) Se sugiere evitar “terceros tiempos”, y cualquier otro tipo de aglomeración de personas fuera del período de duración de la competencia, evitando intervenciones innecesarias de la autoridad policial, así como cualquier otra conducta que ponga en riesgo sanitariamente a las personas, así como la disputa de los Torneos Oficiales de la Liga Universitaria.
8) Las Instituciones deberán designar “un oficial de cumplimiento sanitario”, quien tendrá la responsabilidad y la obligación de cumplir y hacer cumplir con todos los requisitos impuestos en los protocolos sanitarios ya APROBADOS y COMUNICADOS, debiendo estampar en los formularios -previo al inicio de los partidos- (sector CONSTANCIAS/OBSERVACIONES), su nombre completo, cédula de identidad y firma, así como encontrarse durante todo el desarrollo de los partidos de su Institución.
Será obligatorio comunicar a la L.U.D en caso de competidores con COVID-19 positivo, así como sus datos identificatorios correspondientes a efectos de conocer su trazabilidad e informar a las autoridades competentes dicha circunstancia.
9) Se conformará a partir de la fecha una COMISIÓN que realizará inspecciones y fiscalizaciones aleatorias en los complejos y canchas donde se desarrolle cualquier tipo de actividad organizada por la L.U.D a efectos del debido contralor del presente protocolo, quienes se encontrarán legitimados para denunciar y suspender los partidos en caso de incumplimientos.
Dichos miembros estarán debidamente identificados mediante un carnet que emitirá la Organización y se dirigirán únicamente al oficial de cumplimiento sanitario y/o Árbitros.
No se considerará causal de justificación el desconocimiento de personas ajenas a las Instituciones, que se encuentren en predios contiguos, o vía pública, por lo que se autorizará la suspensión provisoria de los partidos hasta el retiro de los mismos, debiendo los Capitanes y delegados de los Clubes colaborar con los Sres. Árbitros y solicitar a dichos individuos su retiro inmediato del lugar.
10) En dichas hipótesis, los Sres. Árbitros, denunciarán los hechos acaecidos, y en caso de desacato, suspenderán los partidos sin más trámite debiendo comunicar los motivos en los formularios correspondientes.
11) El Consejo de Neutrales se reserva el derecho conferido en el Artículo 37 del Código de Penas de la L.U.D, en lo que respecta a las sanciones de:
– INSTITUCIONES: inhabilitación preventiva y pérdida de los derechos de locatario.
– PERSONAS: inhabilitación preventiva.
SE EXHORTA ASIMISMO A TODOS QUIENES CONFORMAN la Liga Universitaria de Deportes, a velar, cumplir, y hacer cumplir con el presente protocolo y los que anteceden, solicitándose colaboración a todos los actores, debiéndose acatar con todas las disposiciones sanitarias, a efectos del normal desarrollo de los torneos, evitando confrontaciones innecesarias y cuestionamientos hacia quienes realizarán los controles mencionados.
Los casos no previstos en este protocolo y que se susciten de urgencia durante los fines de semana serán resueltos de forma inmediata por el Consejo de Neutrales.
Deróguense a partir de la fecha todas las disposiciones que se opongan al presente protocolo.
CONSEJO DE NEUTRALES
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