Art. 8 – En los campeonatos regirán las siguientes disposiciones :
-
Por cada partido se computarán tres (3) puntos al ganador si lo hubiere y un punto (1) a cada equipo en caso de empate.
-
El equipo que no se presentare a jugar, que abandone la cancha por cualquier motivo contra la orden del juez o que se rehúse a continuar el partido será considerado perdedor. En caso de no presentarse, el resultado oficial a computarse será de 2 a 0 a favor del ganador, y en caso de retirarse se computarán los goles obtenidos. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior si el equipo no se presentara a jugar, será sancionado con una multa de cinco (5) Unidades Reajustables por cada partido. Si la inasistencia ocurriere durante la disputa de las últimas cinco fechas, será además sancionado por el Consejo de Neutrales con la pérdida de tres (3) puntos por cada inasistencia para el Campeonato que la Institución infractora deba disputar en la temporada siguiente.
-
Los partidos que por cualquier circunstancia no imputable a los clubes o entidades sean suspendidos o no puedan disputarse en las fechas indicadas de antemano, se deberán fijar por el Consejo de Neutrales y disputar:
-
antes de disputarse la última fecha calendario de la primera rueda, los partidos correspondientes a la primera rueda.
-
antes de disputarse las tres últimas fechas calendario de la segunda rueda los correspondientes a la segunda rueda, y
-
en caso de suspenderse algún partido durante la disputa de las tres últimas fechas calendario de la segunda rueda, el mismo deberá disputarse antes de la fijación oficial de la fecha siguiente.
Las Instituciones que compiten en una Divisional en la primera rueda o en las series de Ascenso y Campeonato o en Permanencia y Descenso, podrán por unanimidad de cada una de ellas, autorizar la disputa de partidos de fechas posteriores a las especificadas en este literal. Dicho consentimiento deberá quedar registrado por escrito en la Administración antes de la fijación de la referida etapa.
-
Durante la disputa del Campeonato, de ocurrir la suspensión de uno o más partidos, el Consejo de Neutrales fijará de oficio la disputa del o de los partidos suspendidos, si no hubiera acuerdo de partes, para disputarlos dentro de los diez (10) días corridos, posteriores a la suspensión. En caso de nueva suspensión, el plazo para su disputa será dentro de los siete (7) días corridos siguientes. A tales efectos podrán fijarse en horario nocturno de martes a jueves, o en horario diurno en días feriados no laborables, así como sábados y domingos. Si la suspensión ocurriese por causas ajenas a las instituciones la Liga Universitaria de Deportes abonará el 50% del valor del arrendamiento de la cancha fijada por el Consejo de Neutrales para estos partidos, correspondiendo abonar el saldo al club que en la oportunidad oficiare de locatario. La imposibilidad de disputar este partido, por causas de fuerza mayor, en la fecha determinada por el Consejo de Neutrales, implicará una nueva fijación según los procedimientos antes indicados, sin que esto signifique la suspensión del Campeonato.
-
Los partidos deben disputarse en las fechas fijadas so pena de perderlos.
-
Cuando los clubes se pongan de acuerdo, podrán adelantar las fechas de sus partidos haciendo constar el acuerdo por escrito en Administración.
-
Todo club o entidad que deje de jugar tres partidos consecutivos o cinco alternados será sancionado con la suspensión automática de la afiliación de la categoría omisa por el resto de la Temporada y los puntos de los partidos que le restan por jugar, se acreditarán a los contrarios. En las categorías Sub 18 y Sub 16 se podrá decretar hasta la pérdida del derecho de inscripción al torneo de la Temporada siguiente.
-
Todo Club o Entidad que utilice jugadores inhabilitados, por haberse cometido fraude en la documentación presentada en la Administración y/o en el formulario del partido, será inhabilitado automáticamente para competir en el resto de la temporada (Art. 86 inc.3º. del Código de Penas), lo cual implica:
-
pérdida de todos los puntos ganados, los cuales serán adjudicados a sus rivales, tomándose el resultado 2-0.
-
Será considerado como uno de los cuatro (4) equipos que descienden, cualquiera sea su ubicación en la tabla.
iii) Comenzada la 2ª rueda, no serán modificadas las tablas de la 1ª rueda, por denuncias posteriores. ii) Vencidos los cinco (5) días hábiles de finalizado el campeonato, los resultados quedarán automáticamente confirmados y cualquier denuncia que se interponga, vencido ese plazo, no traerá aparejada ninguna modificación en la tabla de posiciones final, dándose el curso a ésta a los solos efectos de aplicar las penas que correspondan a Instituciones y jugadores
-
Serán declarados campeones de cada divisional, los clubes que hayan obtenido mayor cantidad de puntos.
-
En caso de empate en el puntaje a los efectos de determinar los equipos: Campeón, Vicecampeón, y en ascenso y descenso, regirán las siguientes disposiciones:
-
Si dos clubes igualan en puntaje, deberán disputar entre sí un partido, en cancha neutral. Si éste termina en empate, se ejecutarán series de penales según el régimen de FIFA.
-
Si más de dos clubes igualan en puntaje, disputarán entre sí una rueda por puntos en cancha neutral de cargo de los clubes intervinientes, la que determinará las posiciones de los mismos; si finalizada esta rueda: i) más de dos clubes vuelven a terminar empatados en puntos, se aplicarán los criterios establecidos en el art. 3º. para la tabla final del campeonato de la divisional; ii) si son dos los equipos en igualdad de puntos se definirá por apartado i) de este literal.
-
Las demás posiciones, a los efectos de los posibles ascensos en los casos previstos en el artículo 5, se determinarán por aplicación de la tabla final de la Divisional y/o Categoría correspondiente a la Temporada anterior.
-
Antes de comenzar el campeonato oficial de la LUD, el Consejo de Neutrales organizará el Torneo de Honor en el cual participarán: 1- Los cuatro (4) primeros de la A, los tres (3) primeros de la B, los dos (2) primeros de la C y los Campeones de las divisionales D, E, F, G, H, I y J
-
Los partidos serán regidos por las disposiciones establecidas por la FIFA y aceptadas por la A.U.F., salvo en lo que se refiere a las sustituciones de jugadores en los partidos, que podrán realizarse hasta cinco (5), con la posibilidad de reingreso.
-
Si una entidad compite con dos equipos, estos siempre deberán militar en diferente divisional. Si se diera el caso, tanto sea por ascenso o descenso que tuvieran que militar en la misma divisional, quedarán fusionados automáticamente en un solo equipo. Por lo tanto, en ningún caso podrá computarse puntaje doble. Las vacantes que se produzcan como consecuencia de la fusión obligatoria , se llenarán de conformidad a lo que establecen los artículos 4 y 5 de este reglamento. Cuando una Institución deba ascender y se encuentre en la situación anterior, podrá renunciar al ascenso, y la vacante se llenará en la forma prevista por los citados artículos.