REGLAMENTO DE COMPETENCIA DE FÚTBOL
Vigente desde el 11 de abril de 2012
CAPITULO I
De la organización de los campeonatos
ARTICULO 1– Una vez integradas las divisionales, la Asamblea General Ordinaria para la Categoría Mayores y las Asambleas por Categorías Juveniles (Sub 16, Sub 18 y Sub 20) y Categoría Pre Senior, fijarán –a propuesta del Consejo de Neutrales- el inicio de los Campeonatos de Fútbol correspondientes, en fechas calendario que en ningún caso podrán exceder al segundo fin de semana del mes de mayo de cada año.
Art. 2- Los Campeonatos Oficiales en categoría Mayores se organizarán en base a las Divisionales “A,.”B”,.”C”,.”D”,. “E”,”F”,”G”, “H”, “I” y “J”. Las nueve primeras divisionales se integrarán con dieciséis (16) clubes o entidades, cada una y la “J”, con el número de clubes o entidades restantes, siempre que el mismo sea mayor o igual a nueve (9), en caso contrario los equipos que deberían constituir la divisional “J”, integrarán la divisional “I”.
Asimismo, en el caso de que la última divisional acumule un número de clubes superior a veinticuatro (24), automáticamente se creará una divisional inferior constituida por aquellos que quedaron clasificados desde el lugar decimoséptimo (17) inclusive en adelante, más aquellos que se afilien para la temporada.
Art. 3– Los campeonatos oficiales de las divisionales que se integren por dieciséis (16) clubes o entidades, se disputarán de la siguiente manera: 1) Una primera rueda completa, en la que cada equipo enfrentará a todos los demás. 2) Una segunda rueda, en la que se enfrentarán entre sí los equipos clasificados del puesto 1º al 8º inclusive de la primera rueda, para definir el Campeonato y los ascensos (Serie Campeonato), y también se enfrentarán entre sí los equipos clasificados del puesto 9º al 16º, para definir los descensos (Serie Permanencia), en ambos casos los equipos conservarán el puntaje obtenido en la primera rueda.
Al finalizar la primera rueda, se procederá a ordenar los equipos en la tabla del primero (1º.) al décimo sexto (16º.) de acuerdo a la siguiente forma:
a) puntaje obtenido de mayor a menor;
b) En caso de existir igualdad de puntaje, se definirá la posición, de mayor a menor, por el siguiente orden de criterios: 1º) diferencia de goles en todos los partidos; 2º) goles a favor en todos los partidos; 3º.) diferencia de puntos entre los equipos involucrados; 4º.) diferencia de goles entre los equipos involucrados; 5º) goles a favor entre los equipos involucrados; 6º.) de persistir la igualdad en todos los criterios aplicados se procederá a sortear la posición en la Administración de la Liga, en presencia de los delegados de los clubes implicados, debidamente notificados a esos efectos. Una vez definidas las posiciones se determinarán quienes competirán en la segunda rueda por la serie campeonato y quienes por la serie permanencia.
El reglamento de disputa de la divisional que estuviere integrada por un número diferente de dieciséis (16), será resuelto por la Asamblea de esa Divisional reunida en ocasión de la fijación del fixture a propuesta de la Administración la que deberá presentar hasta 3 formas alternativas de competencia de las cuales, la Asamblea de Divisional por mayoría de votos presentes deberá seleccionar una.
Las situaciones no previstas serán resueltas por el Consejo de Neutrales.
Art. 4 – Los ascensos y descensos entre la divisionales se regirán por las siguientes normas:
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Ascenderán en forma directa a la divisional inmediata superior los equipos que al término del campeonato oficial de cada divisional hayan sumado mayor número de puntos a su favor, en la serie Campeonato. Le corresponderán a todas las divisionales, excepto a la 1ª. “A”, cuatro ascensos por temporada.
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Descenderán en forma directa a la divisional inmediata inferior, los equipos que al término del Campeonato Oficial reúnan menor número de puntos en la serie Permanencia. A todas las divisionales, excepto a la última le corresponderán cuatro descensos por temporada.
Art. 5 – En caso de que algún equipo de la Divisional inmediata superior no se inscriba para un Campeonato, ocupará su lugar el equipo de la Divisional inmediata inferior que siguiera en la posición de la tabla a los que les correspondió ascender.
A los efectos de aplicarse este artículo, una vez finalizado el torneo y determinados los ascensos y descensos, se ordenarán las tablas de cada una de las divisionales y categorías del 1º. al 16º, de acuerdo a los criterios definidos en el Art. 3º.
Con este criterio se llenarán todas las vacantes que se produzcan.
Art. 6 – Si durante la disputa del Campeonato, cualquiera sea el momento:
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Uno (1), dos (2), tres (3) ó cuatro (4) clubes se desafilian será/n considerado/s equipo/s a descender. Si la desafiliación se produce en la rueda primera y/o clasificatoria, se otorgarán los puntos ganados a sus rivales con el resultado (2-0). Si es en la rueda 2ª o de copas, se otorgarán los puntos ganados a sus rivales según corresponda en la serie promoción o en la permanencia.
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Si son cinco (5) o más los desafiliados, se procederá como en el literal a), pero no habrán descensos en esa divisional y ascenderá directamente el quinto (5º) y sucesivos de la divisional inmediatamente inferior.
Los movimientos de descenso se realizarán siempre por los criterios ya establecidos.
Art. 7– Art. 7– Antes de iniciarse cada campeonato, las asambleas de divisionales y/o categorías respectivas confeccionarán los calendarios para la 1ra. rueda, sorteando el orden en que se disputarán los partidos. Antes de iniciar la segunda rueda se volverán a confeccionar los calendarios respectivos. Sin la determinación de estos calendarios no se podrá iniciar ningún campeonato, ni rueda.
Al confeccionarse los fixtures de primera y segunda rueda, las fechas de partido se asociarán a una fecha calendario de disputa predeterminada. En caso de suspensión de una fecha por las razones establecidas en el Artículo 11 de este Reglamento, su disputa será diferida para el fin de semana siguiente al de la última fecha fijada de la rueda correspondiente, asociándola a una nueva fecha calendario y así sucesivamente..
El Consejo de Neutrales podrá fijar fechas de partido modificando el fixture aprobado por razones extraordinarias debidamente justificadas.
Aquellas instituciones que se inscribieron para disputar el torneo y fueron consideradas en la confección del calendario que abandonen la competencia, deberán abonar la totalidad de los costos comprometidos.