A raíz de lo sucedido con motivo del encuentro entre estos clubes en la Divisional “B” de la categoría Reserva, la Liga Universitaria de Deportes resolvió lo siguiente.
Montevideo, 14 de setiembre de 2022
VISTOS:
Los hechos derivados con posterioridad a la disputa del partido entre Club Social Piedras Blancas y Poco Sitio Playa Verde, correspondiente a la 2a fecha de la 2a Rueda, de la Categoría Reserva, Divisional “B”, en el Complejo de Sagrada Familia el sábado próximo pasado 10/09/2022.
RESULTANDO:
1) Que a criterio de este Órgano, surge semiplena prueba de la existencia de un hecho de extrema gravedad por el cuál un competidor identificado con Poco Sitio Playa Verde, habría agredido físicamente a un competidor de Club Social Piedras Blancas mientras este último se disponía a ingresar a su domicilio próximo al Complejo de Sagrada Familia.
2) En efecto, de las declaraciones efectuadas hasta el momento, se relatan hechos, que basados en los principios de la sana crítica. -la lógica y experiencia- hacen presumir, y sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción que efectuará el Tribunal de Penas competente, que el denunciado se habría retirado del Complejo citado, deteniéndose en la puerta del domicilio de la víctima, a quien agredió a golpes de puño, ocasionándole una fractura en su tabique nasal, que conllevó a la intervención quirúrgica de este.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 37o del Código de Penas de la Liga Universitaria de Deportes: “En caso de denuncia de hechos punibles de gravedad suficientes, a criterio del Consejo de Neutrales o del Tribunal de Penas interviniente, podrán estos de forma indistinta decretar como medida cautelar, alguna de las sanciones previstas en el artículo 86 numerales 3o, 9o y 10o y/o el artículo 87 numerales 3o, 6o y 7o de este Código. Dicha medida será irrecurrible”.
Por lo motivos expuestos SE RESUELVE:
1) Imponer de forma cautelar y provisoria, la inhabilitación de la categoría RESERVA de Poco Sitio Playa Verde, por el momento y sin perjuicio.
2) Inhabilítese al competidor de Poco sitio Playa Verde en todas las categorías y disciplinas deportivas en las que participe su Institución.
3) Asimismo, inhabilítese a los restantes competidores de Poco Sitio Playa Verde que surgen del formulario del partido de marras, a participar en otras categorías y disciplinas deportivas en las que intervenga la citada Institución.
4) Notifíquese a las partes, al Colegio de Árbitros, y la Secretaría de Fútbol.
5) Cumplido, remítase las presentes actuaciones ante el Tribunal de Penas que por categoría corresponda, urgiéndose.
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